11/02/2009

SIMULACIONES II.

Joaquín Ortega Arenas. Analizamos ya dos simulaciones de nuestra “democracia”; La simulación de una República Federal, estableciendo una Centralista en todos sus aspectos y la simulación de una División de Poderes en esa República Centralista. Hoy vamos a analizar la simulación permanente del sistema democrático. Una de mas mejores definiciones de “democracia” es la realizada por Abraham Lincoln en el Siglo XIX en la que señaló que es, ” El gobierno del pueblo por el pueblo y para el pueblo”, pero ¿me pregunto, en toda nuestra historia de presunto país independiente, cuándo ha podido el pueblo mexicano elegir un Presidente de la República , un Senador, un diputado o un gobernador ? La triste respuesta es ¡NUNCA! Una vez obtenida la independencia de España mediante los llamados “Tratados de Córdoba” firmados el día 24 de agosto de 1821 en esa ciudad Veracruzana por Juan O Donojú, ultimo virrey designado por el Rey de España y Agustín de Iturbide , antiguo brigadier del ejecito virreynal y Jefe del Ejército de Coalición para la consumación de la independencia, en los que se señalaron como bases principales “ Esta América se reconocerá por Nación soberana e independiente y se llamará en lo sucesivo Imperio Mexicano; El Gobierno del Imperio será monárquico constitucional moderado. Será llamado a reinar en el Imperio Mexicano (previo el juramento que designa el artículo 4 del plan) [de Iguala] en primer lugar el Sr. D. Fernando Séptimo, Rey Católico de España y por su renuncia o no admisión, el... Sr. Infante D. Francisco de Paula; por su renuncia o admisión, el... Sr. D. Carlos Luis, Infante de España,... y por renuncia o no admisión de éste, el que las Cortes del Imperio designaren…” Como podemos analizar, los Tratados de Córdoba se inspiraron en el Plan de Iguala, suscrito en 24 de febrero de 1821 cuyos puntos esenciales señalaban “… : Establecer la Independencia de México de parte de España ¸ Establecer la Religión Católica como única y Establecer la unión de todos los grupos sociales…” principios (Religión, Independencia y Unión) que se convertirían en las Tres Garantías que promovía el ejército que sustentaría al gobierno, al que, por la misma causa, se le llamó Ejército Trigarante (http://es.wikipedia.org/wiki/Ej%C3%A9rcito_Trigarante). Vino después el fugaz imperio de Agustín de Iturbide y la Constitución de 1824, y con ella se inició el engaño despiadado con el centralismo producto del engaño con el Federalismo., cuya indudable muerte se consumó en el año de 1854, en que aprovechando el reconocimiento del “Juicio de Amparo” traído por Manuel Crescencio Rejón de Yucatán, bajo el pretexto “ del control de la “constitucionalidad”, se estableció el monopolio exclusivo de la federación para todos los actos Administrativos, Legislativos y Judiciales , y la facultad para revocarlos , vía Suprema Corte de Justicia de la Nación. Desde entonces, todos los actos administrativos y legislativos que los dizque estados federados verificaran. Se prohibió a los Poderes Judiciales de los Estados, hacer análisis y pronunciamiento sobre “constitucionalidad” y su soberanía se redujo a una tercera parte de la que un estado democrático requería. De 1921 en que se “Consumó la Independencia ” en adelante, la imposibilidad material de ejercer una verdadera democracia, no ha existido. Excepción hecha de Guadalupe Victoria y Vicente Guerrero, Primero y Segundo Presidente de la República , el segundo con crónicas de fraude en la elección, los siguientes hasta Antonio López de Santa Ana en su Undécimo arribo a la Primera Magistratura , (1823-1854, fueron brigadieres del ejército español o ascendieron al puesto en medio de motines , asonadas y traiciones siempre catastróficas para la nueva República, como las ocurridas durante la invasión norteamericana que, a la postre nos privaron de la mitad del territorio que la Monarquía Española declaró “Propiedad de la Corona ” desde el momento mismo del llamado “Descubrimiento de América” para convertirlo en el primer Botín de ese “Descubrimiento”. La “federalización” del control de la constitucionalidad y la facultad que el Poder Judicial Federal tiene sobre cualquier acto Administrativo, Legislativo y Judicial, complementado por Victoriano Huerta en 1914 al excluir la elección democrática de los funcionarios judiciales hasta entonces existente, y someter su designación a la voluntar irrestricta del Presidente de la República fue indudablemente un golpe mortal para el sistema democrático de gobierno. No es posible de ninguna manera, la existencia de una excepción para el ejercicio de la democracia. Deja automáticamente de ser democracia y se convierte en dictadura, simulada legalmente, pero dictadura al fin. “Ser o no ser”, (to be or not to be) señala William Schaquespeare en alguna de sus obras como regla inviolable de una vida honesta, y en nuestro caso, o se es democracia, o no se es democracia. No hay ni puede haber términos medios y, con la dizque democracia sirviendo únicamente para la designación e integración y de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, y la facultad del titular del ejecutivo para “designar” a los integrantes del Poder Judicial NI HAY NI HABRÁ JAMÁS UNA VERDADERA DEMOCRACIA. Simple y sencillamente, ESTAMOS SIMULANDO QUE EN MÉXICO EXISTE LA DEMOCRACIA.

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