4/11/2012

¿HASTA DONDE HABREMOS DE LLEGAR TODAVÍA?




Joaquín ortega arenas.
              
Un payaso vulgar de la consentidísima empresa “Televisa” tuvo a bien referirse a las víctimas del Incendio ocurrido el 5 de junio de 2009  (49 indefensos niños encerrados en una caja de muerte, sin salidas ni medidas de seguridad) en una Guardería subrogada por el IMSS  a particulares, en la forma que, con asco y vergüenza, trascribo:
“….¿Saben de que murió Michel Jackson?   De desesperación  por que le quemaron una guardería allá en Sonora…”¡ay!, no se burlen , pobres chavitos “al pastor”.  Aparte, ya no hay guardería . Ahora abrieron un changarro  que se llama  “Kentucky Fried Children…”.

La burla, impune e inmune, del payaso, es producto de  un terrible “eco”, a nuestro parecer, de un  “error  constitucional”. Leímos en los diarios de la Capital,
“…El magistrado del Primer Tribunal Unitario del Quinto Circuito, Pablo Ibarra Fernández, exculpó a Marcia Matilde Altagracia Gómez del Campo Tonella por la muerte de 49 niños y quemaduras a otros 70 durante el incendio de la guardería ABC el 5 de junio de 2009, denunció hoy el Movimiento Ciudadano por la Justicia.

A finales de diciembre, le concedieron el amparo y protección federal a la inculpada, fundadora de la guardería ABC, dijo José Francisco García Quintana, padre de Andrés Alonso, uno de los menores fallecidos.

Que porque la inculpada (prima de Magos Zavala) no es penalmente responsable por el homicidio de los nenes, "porque no tenía la obligación de impedirlo"...

Tenemos varios interrogantes.  1).-  ¿ Fue precisamente el Magistrado Unitario mencionado el que “exculpó”  a la procesada, o lo hizo en cumplimiento de una sentencia  de amparo dictada por un Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, ya que el Magistrado de Circuito carece de competencia para conocer cuestiones de amparo. 2).- ¿Fue dentro de un juicio penal? No tenemos forma de averiguar esas cuestiones, ya que los juicios no se registran por nombre, sino exclusivamente por número.

Como quiera que haya sido, si ésa fue la razón esgrimida por la Justicia Federal, se nos antoja que es un “error constitucional”.  La lógica nos indica que TODO MUNDO TIENE OBLIGACIÓN DE IMPEDIR la comisión de un delito, ya sea como simple  testigo o peor aún, como posible  partícipe en el mismo.  En el caso del incendio de la Guardería en la que murieron 49 “nenes”, trascendió que el local en que se ubicaba carecía de mecanismos detectores de incendios, de puertas o salidas de emergencia,  ya que, a no ser por un heroico sonorense que con su camioneta de trabajo derrumbó un muro que permitió salir  los gases que estaban asfixiando a los “nenes” y,  penetrar a las personas que sacaron del verdadero infiero a muchos aún vivos, la catástrofe hubiera sido mayor.  ¿Cómo es posible que la situación previa al incendio se haya gestado sola, sin responsables. ¿No tiene acaso el Seguro Social que cerciorarse de que las guarderías que “concesiona”  tengan los requisitos mínimos de seguridad que la simple lógica determina? ¿No es necesario que, también por simple lógica se espere que la concesionaria las ponga, por su misma seguridad?
Tal parece que para la Justicia Federal eso son sólo necedades.  Hay en los Códigos Penales de todo el mundo, “delitos intencionales y Delitos no intencionales o de imprudencia”. En este caso, podría tratarse de un  Homicidio Colectivo “por imprudencia” o “descuido”, pero de ninguna manera de un acto que no amerita sanción.  CUARENTA Y NUEVE VIDAS CEGADAS ANTES DE CUMPLIR DIEZ AÑOS, son demasiado notorias y esa omisión, causa y seguirá causando un daño irreparable a la Administración de Justicia, ya de sí tan depauperada.

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